DINÁMICAS DE EQUIPOS

jueves, 7 de febrero de 2013

Documento solicitado en el seminario al E.O.E.P. de Torrelavega sobre la Coordinación con Servicios Externos



Justificación de la necesidad de PROTOCOLO DE COLABORACIÓN CON SERVICIOS EXTERNOS

Existe la necesidad de fijar un protocolo de colaboración entre los diferentes Organismos o Servicios Educativos, Sanitarios y Sociales que intervienen en un mismo caso, con el fin de:

1. Facilitar el traspaso de información relevante y complementaria.

2. Asegurar la coherencia en la intervención.

3. Posibilitar intervenciones conjuntas y coordinadas.

En este sentido, nos parece prioritario comenzar regulando el

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR INFORMACIÓN A OTROS SERVICIOS EXTERNOS, partiendo de los siguientes PRINCIPIOS:

1. En todos los casos contamos con información que puede ser relevante para otros Servicios Externos. Incluso el hecho de no tener datos sobre ese caso, porque nunca se ha se ha requerido la intervención de nuestro servicio, puede ser en sí misma una información relevante.  
2. Se solicitará únicamente la información con la que ya cuente el Servicio Externo,
debido a que:

 No siempre se cuenta con la información específica demandada.

 Y es potestad exclusiva de cada Servicio la decisión de iniciar una intervención, así como el procedimiento más adecuado para cada caso, estando regulados ambos por normativa e instrucciones específicas.

 
3. La información debe fluir de manera bidireccional, de forma que quien solicita información también aporte información.

 
4. El cauce de comunicación entre Servicios debe ser la familia, salvo que ésta haya dado su consentimiento expreso para el intercambio directo de información.
De esta forma se asegura el adecuado cumplimiento de la Ley de protección de datos, la Ley de Protección Jurídica del Menor, así como la Ley Orgánica de Educación -entre otras-, en aspectos relativos a la privacidad de la información y el deber de sigilo.

 5.Cada profesional limitará su intervención a la propia de su perfil profesional y del contexto en el que desempeña sus funciones (Educativo / Sanitario / Social), no pudiendo en ningún caso:

 
- Prescribir procedimientos de evaluación o de intervención a otros Servicios Externos.

- Determinar la dotación de recursos personales o materiales que sean competencia o dependan de otro Servicio Externo.

- Condicionar su intervención a la intervención previa de otro Servicio.



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